-ESCOMBROS: 0,5 m3. (aprox. 800 Kg).
-VOLUMINOSOS (Muebles, Madera): 2 m3 o 1 unidad de mayor volumen. En el caso de voluminosos de bajo peso (colchones) 2 unidades.
-METALES Y CHATARRA: 2 m3 o 1 unidad de mayor volumen.
-NEUMATICOS: 5 unidades.
-PILAS: 5 kg.
-RADIOGRAFIAS: 4 unidades.
-TUBOS FLUORESCENTES: 4 unidades.
-AEROSOLES: 4 unidades.
-ACEITE DE MOTOR: 10 litros.
-ACEITE VEGETAL: 10 litros.
-ENVASES CONTAMINADOS (ACEITE , PINTURAS): 4 envases vacíos metálicos o plásticos.
-FILTROS DE ACEITE: 2 unidades contaminadas.
-TRAPOS CONTAMINADOS: Generado en el cambio de aceite. 1 kg si tiene otra procedencia.
-BATERIAS DE PLOMO: 2 unidades.
-ELECTRODOMESTICOS Y APARATOS ELECTRONICOS (TV, monitores, CPUs, etc): 2 unidades.
-DISOLVENTES: 5 kg. de envases y restos de disolventes.
-PINTURAS Y BARNICES: 5 kg. de envases y restos de pinturas.
-PESTICIDAS: 5 kg. de envases y restos de pesticidas.
-JARDINERIA Y PODAS: 2 m3.
-VIDRIO: Asimilable por contenerización.
-ENVASES: Asimilable por contenerización.
-CARTÓN: Asimilable por contenerización.
-ROPA: Cantidad normal de producción doméstica.
-TINTAS Y TONER: 4 unidades.
-TELÉFONOS MÓVILES: 4 unidades.
EL RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE PUNTOS LIMPIOS POR LOS USUARIOS ESTARÁ SUJETO A REVISIONES POR LA EMPRESA MARE,S.A PARA SU ADAPTACIÓN O AMPLIACIÓN CUANDO ASÍ SE REQUIERA.